¿Alguna vez te ha tocado ser presidente de tu comunidad de
vecinos? Son muchas las personas que quieren escaquearse de este papel porque
creen que requiere muchos conocimientos. Desde nuestra empresa especializada en
la administración de fincas y comunidades, Comunitur, te
podemos informar de todos tus derechos y obligaciones.
Nunca puedes renunciar al cargo de presidente de la comunidad
(incluso si eres moroso). Los vecinos sí que pueden eximir a alguien de
ostentar este cargo. En tal caso, será un juez el que lo dictamine finalmente.
La presidencia es un cargo personal e indelegable. Debes convocar
las Juntas de Propietarios, presidirlas y firmarlas. Única y exclusivamente podrás
delegar determinadas cuestiones internas, siempre y cuando sea aprobado por los
vecinos presentes. Cuando no puedas asistir a una reunión será el vicepresidente el que ocupe tu
cargo. En caso de no existir esta figura, serán los asistentes los que decidan
quien la presidirá.
Como presidente de tu comunidad de vecinos tienes la obligación
de encargarte de múltiples funciones, como avisar al fontanero si hay un escape
de gas, firmar un contrato de seguro o representar a la comunidad en un juicio
en caso de impago de algún vecino.
Cualquier vecino puede presentar una queja al presidente si
considera que otro realiza actividades molestas y tu obligación es advertirle.
En caso de que las prácticas molestas no cesaran, tendrías que convocar una
junta para discutir el asunto. Si llega a mayores serías el encargado de
entablar la correspondiente acción judicial.
Desde Comunitur te ofrecemos el mejor asesoramiento
para la administración de
fincas y comunidades de vecinos en Ávila. Contamos con todo un equipo de profesionales cualificados para tu servicio.
Derechos y obligaciones como presidente de tu comunidad de vecinos
02/07/20142 de Julio de 2014