Las empresas que como Comunitur nos dedicamos a la administración y gestión de comunidades, sabemos lo importante que es ofrecer un asesoramiento legal capaz de resolver las múltiples dudas que surgen entre los vecinos de una finca y de mediar en sus posibles conflictos.

Vecinos que no pagan sus cuotas, inquilinos ruidosos, propietarios que inician obras sin permiso… son muchos los aspectos en los que Comunitur puede ayudar tanto a los propietarios como a los inquilinos que conviven en una comunidad. Por ejemplo, si has alquilado una vivienda ¿sabes si tienes la posibilidad de dejarla antes de que venza el contrato que has firmado?

Lo más recomendable si quieres dejar tu piso antes de que finalice el contrato de alquiler es que revises detalladamente el contrato que has firmado por si existe alguna cláusula que recoja algún tipo de especificaciones concretas sobre este tema como por ejemplo que no puede cesar el contrato antes de X meses o si no se avisa con X tiempo de preaviso.

Si no existe ninguna cláusula que especifique nada relativo al respecto, según la nueva ley de Fomento del Alquiler que fue aprobada en 2013, un inquilino puede abandonar el piso a partir del sexto mes de alquiler sin que sea necesario que abone ningún tipo de indemnización: basta con que lo comunique con 30 días de antelación para que su cese se encuentre dentro de la legalidad.

Si por el contrario, el contrato que se ha contraído con el propietario es anterior a junio de 2013, será necesario notificarlo con dos meses de antelación y la posibilidad de efectuar el cese dependerá del tiempo por el que se haya firmado el contrato de alquiler. En muchos casos, son periodos de tiempo más amplios y el arrendador puede llegar a reclamar una indemnización. Revisar el contrato y los acuerdos verbales son claves para no salir perjudicados.