En Comuntir,
hemos orientado a muchos clientes sobre una misma duda: ¿se puede fumar en las
zonas comunes de una comunidad de vecinos?
Con más de 5 años en vigor, la Ley Antitabaco todos
los espacios colectivos cerrados deben quedar libre de humos. En estos
"espacios" también están incluidos las zonas cerradas de las
comunidades de vecinos tales como piscinas, clubes sociales, zonas comunes,
zonas de juegos, pasillos, etc. La única excepción se hace para "los
espacios al aire libre y que no estén acotadas como zonas infantiles.
La Ley ha resuelto una antigua incongruencia ya
que, anteriormente, los vecinos podían fumar en las zonas comunes como
portales, escaleras, pasillos, etc., pero no podían hacerlo en el ascensor.
Aunque algunas peculiaridades pueden ser objeto de una consulta especializada
como puede ser el caso de las garitas habilitadas para los porteros que, aunque
formen parte de la comunidad, también son parte de su vivienda, entre otros.
Como siempre, el dialogo es la primera vía indicada
para solucionar los conflictos derivados de las conductas de los vecinos que
insisten en fumar en las zonas comunes. Si el comportamiento si repite, tanto los
propietarios como los inquilinos del edificio pueden denunciar el hecho para
que el caso sea estudiado por las autoridades competentes. La Ley también
especifica que los espacios libres de humo y las zonas habilitadas para
fumadores deben estar señalizadas, para evitar cualquier tipo de confusión.
Si tienes cualquier duda sobre tu comunidad de
vecinos, no dudes en consultarnos. En Comunitur
contamos con un equipo especializado, preparado para asesorarte en todo lo que
necesites.
¿Puedo fumar en mi comunidad de vecinos?
13/02/201513 de Febrero de 2015