Las reuniones de vecinos suelen tener un punto especialmente árido en el orden del día: las derramas. En Comunitur queremos que tengas claro, en el caso de que vayas a ser propietario o de que ya lo seas, lo que son exactamente. Se trata de una cuota extraordinaria a la que tienen que hacer frente los vecinos cuando surge un gasto puntual al margen de los habituales. Hay que celebrar una junta extraordinaria para aprobarla y, para que salga adelante, suele ser suficiente el acuerdo de la mayoría de los propietarios o representantes de estos que asistan. En esa misma reunión se te deberá informar sobre la situación que ha originado la derrama y sobre el plazo que tienes para abonar tu parte.  

Lo normal es que todos los vecinos paguen la misma cantidad. La aprobación de la derrama obliga a todos. Si no estás de acuerdo, puedes recurrir a la vía judicial, de cuyos detalles te informaremos si te pones en contacto con nosotros. En caso de impago, la comunidad puede iniciar contra el deudor un procedimiento monitorio. Se trata de un proceso judicial bastante sencillo para lo que no necesitareis ni abogado ni procurador. Como decíamos antes, puede darse el caso de que a día de hoy no tengas un inmueble en propiedad, pero que lo vayas a tener próximamente. En este caso, debes enterarte antes de si tiene pendiente el pago de alguna derrama. Atención aquí porque la Ley de Propiedad Horizontal establece que las derramas para el pago de las obras ya hechas o que se vayan a hacer las asumirá quien figure como propietario en el momento en el que haya que hacer frente al pago.