En Comunitur acumulamos una amplia experiencia en la administración de todo tipo de fincas y comunidades de propietarios, ofreciendo a todos nuestros clientes un servicio realmente eficaz y un asesoramiento completo y personalizado. Por eso nos gustaría aprovechar el siguiente post para hablarte sobre las actividades prohibidas en una comunidad de vecinos.

Lógicamente, al propietario u ocupante de una vivienda o de un local no le estarán permitidos desarrollar cualquier actividad que pudiera resultar dañosa para la finca. Esto se extiende también a las zonas comunes del inmueble. En este apartado se incluye cualquier acción que pudiera ser calificada como molesta, insalubre, nociva, peligrosa o también ilícita.

Será responsabilidad del presidente de la comunidad, ya sea a iniciativa propia o de alguna de los vecinos, requerir a la persona que cese en la realización de esa actividad dañosa, informándole que en caso contrario sería posible iniciar acciones legales contra él.

En el caso de que el vecino persistiera en su conducta, el presidente (previa autorización de la junta de propietarios) podría demandarle judicialmente.

Resulta obligatorio que junto a esta demanda se incluya una copia del requerimiento al infractor y del acuerdo tomado por la junta de propietarios. El juez, por su parte, puede acordar el cese inmediato de la actividad molesta junto con otras medidas de carácter cautelar.

Una vez dictada la sentencia se podrá ordenar diferentes medidas, como que el infractor ponga fin a la actividad dañina, que tenga que indemnizar a la comunidad por daños y perjuicios o incluso que sea privado del derecho al uso del local.

Si lo deseas puedes ver la cantidad de productos que desde nuestra empresa ofrecemos a todos nuestros clientes.