Los expertos en gestión de comunidades en Ávila saben que la instalación de cámaras de seguridad en las comunidades de propietarios es un servicio cada día más demandado. Si estamos interesados en poner cámaras de videovigilancia, debemos saber qué tipo de instalaciones y servicios de seguridad son los más adecuados, así como determinados aspectos del derecho administrativo que regulan estas instalaciones. Es necesario tener en cuenta el derecho a la protección de datos y el derecho a la propia imagen cuando se trata de instalar elementos de seguridad y vigilancia en nuestro edificio.

Según la normativa vigente, para poder realizar instalaciones de sistemas de videovigilancia privada, las empresas que presten estos servicios deben estar registradas con la categoría C en el registro de instaladores de telecomunicaciones. Quienes se encargan de realizar la gestión de comunidades en Ávila saben que, en caso de que se cometiera un delito, pueden garantizar la custodia y trazabilidad de las grabaciones si la instalación y el mantenimiento del sistema están en manos de una Empresa de Seguridad Homologada.

Para proceder a la instalación de las cámaras de seguridad la comunidad de vecinos, deberá haberlo aprobado con el voto favorable de 3/5 partes (de propietarios y cuotas de participación).

Por supuesto, es importante elegir la mejor ubicación posible de las cámara de seguridad también para que funcionen como elementos de disuasión.

Por último, no debemos olvidar que se debe respetar la privacidad de todos los usuarios, es por ello que con cámaras de seguridad no se podrán recoger imágenes ni de la vía pública, ni de los domicilios privados. Una vez instaladas las cámaras de seguridad, existe un protocolo establecido que debe cumplir con la Ley de Seguridad Privada y con la Ley Orgánica de Protección de Datos.

En Comunitur estamos a tu disposición para ofrecerte una buena gestión de tu comunidad de propietarios y solucionar todas tus dudas.