Los derechos y deberes que se gestionan a través de una administración de fincas en Ávila incluyen también los que se refieren a las obligaciones tributarias, las cuales todos tenemos individualmente, pero también como comunidad de propietarios.
Aunque una comunidad en principio no lleve a cabo actividades profesionales como tal, está obligada por la Ley General Tributaria a declarar todo lo que tenga que ver con pagos por rendimiento profesional, ya sea directo o indirecto (portero, administrador, limpieza, etc.), puesto que en las mimas nóminas que se generen, se deben retener las cantidades a cuenta que se han de ingresar en Hacienda.
Pero no son los únicos impuestos a los que están sujetas, como bien sabe cualquier administración de fincas en Ávila. Otro de los impuestos que se debe declarar periódicamente, y en caso de que se obtengan ingresos que obliguen a ello, es el IVA. Este supuesto se dará en caso del alquiler de una vivienda propiedad de la comunidad, por ejemplo el de la portería, o de zonas comunes, como puede ser la cesión de espacio publicitario en la fachada, o la azotea donde se puede colocar una antena repetidora de telefonía, entre otros. En estos casos, Hacienda obliga a realizar la liquidación trimestralmente.
Desde el año 2014, todas las comunidades de propietarios están obligadas a presentar la declaración anual de operaciones con terceros, lo que comúnmente se conoce como el modelo 347, donde se deben declarar todos los pagos que se realicen. Hay excepciones por las que están exentas, como pueden ser los gastos de electricidad, agua, combustible y seguros.
La gestión de una comunidad de propietarios y todas sus obligaciones se deben ejercer desde la responsabilidad de profesionales como Comunitur, por ello, no dudes en consultarnos para cualquier duda o aclaración que necesites al respecto.